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Díaz-Navarro Consultores y asociados nos comparte algunos aspectos relacionados al seguro voluntario y cómo puedes hacer para acceder al pago de este.
¿Qué tan importante es estar asegurado en Panamá? ¿es fácil pagar seguro voluntario? ¿Qué requisitos debo presentar?
Pues sin lugar a duda, estas son interrogantes que a menudo nos hacemos aquellos que vivimos y laboramos dentro del territorio panameño de manera independiente.
En esta ocasión me gustaría compartirte algunos aspectos relacionados al seguro voluntario y cómo puedes hacer para acceder al pago de este.
Primero vamos a definir ¿Qué es el seguro social voluntario?
El seguro social voluntario es tal como lo define la seguridad social panameña, como el sistema de aseguramiento con base a una afiliación discrecional (es decir lo haces si así lo deseas); que nos permite a todas las personas naturales que no tengamos un seguro social pagado por alguna empresa, incorporarnos al sistema de la Caja de seguro social.
¿Quiénes somos sujetos a aplicar para el seguro voluntario?
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En este caso seríamos todas las personas naturales (panameñas o extranjeras que estén legales y cuenten con sus permisos laborales respectivos) que deseemos asegurarnos.
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Pueden aplicar aquellas personas que no han cumplido la edad de jubilación.
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Personas naturales al servicio de misiones diplomáticas y consulares acreditadas en nuestro país.
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Trabajadores señalados en el parágrafo 2 del artículo 77, hasta tanto se reglamente su incorporación al régimen obligatorio.
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Si dejaste de laborar en alguna empresa y tienes 36 cuotas pagas.
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¿Cuáles son los requisitos que necesito para afiliarme al seguro social voluntario?
Bueno, esto varía conforme a los grupos que la administración del seguro social ha dividido para una mejor gestión. Pero, en si vamos a resumirte los requisitos generales que se necesitan para afiliarte de modo voluntario al seguro social.
Los requisitos generales serían estos:
Debes de llenar la solicitud vía web a través de http://tramites.css.gob.pa o presentarte al Departamento de Inscripción de Empleadores Edificio 520 Clayton o a las agencias Administrativas en el interior del país.
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Cédula de identidad personal vigente, carné de residente permanente o pasaporte (si eres extranjero) y copia.
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Carnet del Seguro Social, si has cotizado anteriormente y copia. (Aplica para extranjeros).
Algunos de los requisitos conforme al grupo al que pertenezcas son los siguientes:
Grupo A: Las personas naturales que hayan dejado de estar sujetas al régimen obligatorio.
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Verificación y comprobación de salarios y de las cuotas.
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Tener acreditadas previamente en su cuenta individual un mínimo de treinta y seis (36) cuotas.
Grupo B1: panameños de nacimiento o por naturalización.
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Declaración jurada de los ingresos que percibes.
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Someterse a los exámenes médicos solicitados.
Grupo B2: Ciudadanos extranjeros, incluyendo independientes no contribuyentes.
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Declaración jurada de los ingresos que percibes, que compruebe un ingreso mensual con una base imponible mínima de quinientos balboas con 00/100 (B/. 500.00).
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Presentar documento público o privado que compruebe tu domicilio o residencia del solicitante.
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Someterte a los exámenes médicos solicitados.
El grupo B2 cotiza en la modalidad tres (3) que comprende el Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte y el Riesgo de Enfermedad y Maternidad, de acuerdo con el artículo 35 del presente Reglamento.
Grupo C: Las personas naturales domiciliadas en el territorio nacional al servicio de Organismos Internacionales.
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Carta de trabajo que detalle el salario, cargo y fecha de inicio de labores del trabajador, suscrita por el Representante Legal del organismo internacional, debidamente acreditado o de la persona autorizada, conforme a los registros que se mantienen a disposición del Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá, sin que esté sujeta para su admisión, la verificación previa, por parte de la Caja de Seguro Social.
Grupo D: Las personas naturales al servicio de misiones diplomáticas y consulares acreditadas en Panamá.
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Carta de trabajo que detalle el salario, cargo y fecha de inicio de labores del trabajador, suscrita por el Representante Legal de las misiones diplomáticas y consulares, debidamente acreditados o de las personas autorizadas, conforme a los registros que se mantienen a disposición del Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá, sin que esté sujeta para su admisión la verificación previa, por parte de la Caja de Seguro Social.
Grupo E: Los hombres y mujeres mayores de edad, así como los emancipados, que se dedican de manera exclusiva a la atención y cuidado de su familia.
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Certificados de nacimiento y/o matrimonio que acrediten el parentesco de la familia para los esposos y dos (2) o tres (3) declaraciones extrajudiciales rendidas ante Casa de Paz, Notaria, Juez Municipal, de Circuito o de Familia del solicitante, y el certificado de soltería que compruebe la convivencia, en caso de una relación de hecho.
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Prueba de domicilio del solicitante y de los familiares que estén bajo tu atención.
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Declaración jurada del solicitante donde se hace constar que no percibes ingresos propios y del responsable que manifiesta la dependencia económica del solicitante.
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Someterse a los exámenes médicos solicitados.
Grupo F: Los trabajadores señalados en el parágrafo 2 del artículo 77 de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, Orgánica de la Caja de Seguro Social, hasta tanto se reglamente su incorporación al régimen obligatorio.
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Declaración jurada ante la Caja de Seguro Social del último año o fracción de los ingresos y la actividad comercial o económica que realiza.
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Someterse a los exámenes médicos solicitados.
Grupo G: Los independientes contribuyentes que no estén sujetos a la afiliación obligatoria.
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Certificación o referencia de la actividad a la que se dedica emitida por la autoridad competente.
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Copia cotejada ante Notario Público o por Contador Público Autorizado (CPA) de la Declaración de Renta del último año, debidamente recibida en la dirección general de ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.
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Someterte a los exámenes médicos solicitados y a la revisión de los facultativos de la Caja de Seguro Social, previo pago de los costos establecidos por la institución.
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¿Cuáles serían los beneficios que obtienes por asegurarse voluntariamente?
Básicamente son los mismos beneficios que adquieres cuando trabajas para una empresa, los que serían:
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Aseguramiento de riesgo por enfermedad y maternidad.
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Aseguramiento de riesgo por invalidez, vejez y muerte.
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Tienes derecho a que un familiar sea beneficiario tuyo.
El proceso puede tardar de dos a cuatro meses aproximadamente.
Asegurarte voluntariamente permite de cierto modo, que tengas una pensión a futuro, y garantizar que en caso de algún accidente o situación de caso fortuito puedas tener acceso a atención médica. Es pensar en tu bienestar y el de tu familia.
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