Mar, 01/26/2016 - 17:29
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Un subsidio al que tiene derecho toda mujer gestante. Toma nota de lo que debes saber para el momento en el que necesites usarlo.
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Según el Código de Trabajo panameño, toda fémina que trabaje y esté embarazada deberá recibir un tiempo prudente de descanso y honorarios que compensen su salario. El lapso por el que estará comprendido su reposo será de seis semanas antes del parto y ocho semanas posterior al mismo.
Sin duda, este derecho ha mejorado la calidad de vida de los trabajadores a nivel mundial y en especial de las mujeres. La licencia de maternidad es un beneficio que la ley laboral reconoce a la mujer que dará a luz, siempre y cuando esta sea cotizante del sistema de salud y que cumpla con los requisitos.
A nivel mundial, Suecia se ha convertido en el país líder en otorgar hasta 96 semanas (dos años) de licencia con el 80% de la remuneración. En América Latina, Chile, Cuba y Venezuela son los países que más días tienen por licencia de maternidad con 18 semanas en total y 100% del salario.
Se sabe que el embarazo no es una enfermedad, pero en este periodo la madre debe permanecer en pleno descanso y alejada de situaciones que le produzcan estrés. De acuerdo con el sitio de internet babysitio.com, un descanso posnatal de 40 días es un reconocimiento al hecho de que tras dar a luz ya no puedes ser la misma que antes. Incluso se ha demostrado que las madres que guardan reposo en cama tienen menos probabilidades de sufrir depresión posparto.
Cuando vayas a solicitar la licencia de maternidad, te puedes aproximar al Departamento de Recursos Humanos para que te guíen, y el papeleo lo podrás tramitar en cualquiera de las agencias administrativas de la Caja de Seguro Social.
Papeles para efectuar el permiso
- Documentos personales: cédula de identidad y una copia.
- Talonario de cheque.
- Certificado médico: El mismo deberá ser emitido por tu gineco-obstetra, además debe contener el código y sello del médico. Todo certificado de embarazo de clínica particular deberá incluir la dirección, el teléfono, el nombre de la clínica y estar prenumerado.
- Si te atiendes en una clínica particular, debes llevar tu certificado a la Dirección Médica de la Policlínica más cercana a tu trabajo o residencia, para realizar la homologación.
- Carné de Seguro Social, que te califica como asegurada.
- Carta de horario de trabajo.
- Debes presentar el formulario de desglose de salario.
- Carta de exclusión de planilla(s) si trabajas en alguna empresa privada.
- Ficha de comprobación de salarios.
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